ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca, adoptados en sesión de 27 de febrero de 1996.

Publicado el 10/05/1996 (Nº 53)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
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Texto completo:

ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca, adoptados en sesión de 27 de febrero de 1996.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca, en sesión de 27 de febrero de 1996, trató, entre otros, los siguientes asuntos de obligada publicación: 1. Bielsa.--Normas subsidiarias y complementarias. Informes de la Confederación Hidrográfica del Ebro y la Diputación Provincial de Huesca: 1. Quedar enterada de los informes de la Confederación Hidrográfica del Ebro y de la Diputación Provincial de Huesca, así como de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, de 20 de diciembre de 1993, relativa a la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias Municipales, por la cual se dispone "se retrotraen las actuaciones administrativas al momento de la aprobación provisional de las Normas Subsidiarias", en cumplimiento del considerando sexto de la mencionada Sentencia, tanto para que se realice un nuevo periodo de información pública respecto del cambio que estima sustancial en la calificación de los terrenos del recurrente Sr. Vidaller Pañart, que pasan de zona verde privada en su totalidad a mantener en una parte de ellos la misma calificación y en otra la de zona verde pública; así como a que se disponga de un estudio económico-financiero sobre el coste de implantación de los servicios e infraestructuras.

2. Requerir al Ayuntamiento actúe en consonancia para que se desbloquee la situación, e informe al respecto y se pueda acabar disponiendo de un texto urbanístico municipal, aprobado definitivamente, todo ello sin perjuicio de ofrecer colaboración técnica.

3. Encomendar a los servicios de la Comisión se realice un análisis jurídico de la situación del planeamiento vigente.

4. Requerir al Ayuntamiento para que, no obstante lo anterior, revise el planeamiento urbanístico municipal, recordando que con relación al Suelo No Urbanizable, la Comisión se ha dirigido en varias ocasiones al Ayuntamiento de Bielsa para que se realice un nuevo estudio y una nueva regulación; o, en su caso, para que remita un texto refundido que recoja las indicaciones del informe de los servicios técnicos, que se remitirá al Ayuntamiento.

5. Levantar la suspensión del suelo urbano no consolidado establecida en los acuerdos de la Comisión de 18 de enero y 1 de marzo de 1990, a la visa del informe de la Confederación Hidrográfica del Ebro, todo ello sin perjuicio de que se aclare la situación del planeamiento municipal en relación a las resoluciones judiciales.

2. Aísa.--Aprobar definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior de la Unidad de Actuación número 9, con la prescripción de que se aclare documentalmente la suficiente capacidad de los servicios urbanos del ámbito del PERI en relación con la conexión y capacidad de los servicios del entorno, y en el caso de que no fueran suficientes se modifiquen los mismos.

3. Monflorite-Lascasas.--Suspender la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias municipales de planeamiento urbanístico, haciendo suyo el criterio de la Ponencia Técnica respecto de los aspectos concretos en él indicados, y para que, además, se aclaren o justifiquen los siguientes extremos:

a) Se incluya el contenido de la alegación municipal a las Directrices territoriales parciales de la ciudad de Huesca y su entorno, y en concreto su anillo viario comarcal.

b) Se informe por el Servicio de Inspección y Disciplina la regulación de las casetas de Monte pendiente excesiva en cubiertas.

c) Se localice la situación de la futura depuradora de aguas residuales de los principales núcleos.

d) Se aporte informe de los organismos titulares de las carreteras DGA/Monflorite y DPH/Pompenillo.

e) Se aclare la mención al suelo apto para urbanizar de la Memoria.

f) Se ordene la propuesta del sistema viario.

g) Se aclaren los aspectos relativos a ordenanzas contenidos en el informe técnico que se remitirá al Ayuntamiento al efecto oportuno.

4. Camporrells.--Aprobar definitivamente las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal, en los siguientes aspectos: a) La modificación C relativa a la calificación de equipamiento de las piscinas y campos de deporte y el cuartel de la Guardia Civil, así como el suelo urbano en la zona anexa hasta la carretera de Estopiñán.

b) La modificación D de la propuesta, en lo que afecta al entorno del Balneario con la ordenación viaria interior propuesta y la zona verde de la balsa del Molí, con la supresión de la necesidad de realizar un Plan Especial de Reforma Interior.

Y c) La modificación G que señala como equipamientos los edificios del Ayuntamiento, casa social, escuelas, balneario, ermita de San Miguel, cementerio, cuartel de la Guardia Civil, lavadero y casilla de Telefónica; que deberán disponer de una ordenanza específica.

Suspender el resto de los contenidos de la Modificación (modificaciones A, B, E y F) para mayor aclaración y justificación técnica y documental, especialmente las razones del carácter de suelo urbano de las nuevas propuestas, las garantías de ejecución de la urbanización, la determinación de Unidades de Ejecución y la concreción del número de vi- viendas.

5. Jaca.--Aprobar el Plan Especial de Conservación y Mejora del Casco Histórico, en todos los aspectos pendientes de resolución, con las siguientes prescripciones puntuales: 1. Respecto de la modificación número 3 (Muralla) se aprueba definitivamente con la prescripción de que se presente un PERI, que contenga un estudio respecto de la afección a la muralla y demás aspectos urbanísticos.

2. Respecto de la modificación número 4 (plaza mayor interior), con la prescripción de que se presente para su tramitación por el Ayuntamiento un PERI, en el plazo de un año, contado desde la publicación del presente acuerdo.

3. Se permitirán los accesos de vehículos a los edificios en aquéllos casos que sea técnicamente posible y sin perjuicio de las medidas de índole estética que adopte el Ayuntamiento o de la Ordenanza municipal de regulación del tráfico.

4. Se permitirá, en planta baja, el uso de todo el fondo edificable en aquellas manzanas en que sea posible y conveniente, por razones de saneamiento y adecuado uso de los bajos, a excepción de las que dispongan de patios interiores libres de especial interés, tanto por sus dimensiones cuanto por sus elementos arbóreos o ajardinados, que nos las dos siguientes: La comprendida entre las calles Mayor-Carmen-Ramón y Cajal y el Callejón del Viento (Rfª catastral 126515), y la manzana comprendida por las calles Sancho Ramírez-Cambras-7 de Febrero de 1883 y Ferrenal/Plaza de la Cadena (Rfª catastral 13606), manteniendo en todo caso la alineación interior en las plantas alzadas establecida en el Plan Especial.

6. Resolver 12 expedientes urbanísticos varios destacando entre ellos los relativos a actuaciones en suelo no urbanizable, de los que 4 son actuaciones de interés social urbanístico y 2 son de autorización previa a la licencia municipal de obras, para la ejecución de una vivienda unifamiliar.

7. Informar 49 expedientes de calificación de actividad, emplazamiento y medidas correctoras, en su caso, de conformidad con el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y demás normativa de aplicación.

Contra los acuerdos resolutorios que sean definitivos cabrá interponer recurso ordinario ante el Consejero de Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente día de la publicación.

Huesca, a 29 de febrero de 1996.--El Secretario de la Comisión, José L. Martín-Retortillo Baquer.